SE APRUEBA EL PROYECTO DE LEY PARA LA MEJORA DEL GOBIERNO CORPORATIVO DE LAS EMPRESAS
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SE APRUEBA EL PROYECTO DE LEY PARA LA MEJORA DEL GOBIERNO CORPORATIVO DE LAS EMPRESAS
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El Consejo de Ministros aprueba el proyecto de ley por el que se vería modificada la Ley de Sociedades de Capital para así mejorar el gobierno corporativo de las empresas.
Aunque se introducirán modificaciones para todo tipo de sociedades, serán de mayor incidencia en las sociedades cotizadas.
Las modificaciones son:
Todas las entidades:
– Se atribuye a la Junta la decisión sobre operaciones esenciales, es decir, las operaciones cuyo volumen supere el 25% de los activos del balance.
– Cuando haya conflicto de interés, se prohibirá el voto del socio que resulte claramente beneficiado en dicho conflicto.
– Se exigirá al menos un 1% del capital para poder ejercer la impugnación de acuerdos sociales (en sociedades cotizadas el porcentaje será de un 1 por 1.000)
Sociedades cotizadas:
– El derecho de minoría se reduce del 5% al 3% del capital social.
– El número máximo de acciones para asistir a la Junta se reduce desde el 1 por 1.000 a 1.000 acciones.
– El plazo máximo en el que los accionistas pueden solicitar información se reduce de 7 a 5 días.
– Inscripción en un registro de la CNMV y cumplimiento de obligaciones contables y de información.
Todas las sociedades:
– La modificación más significativa es que se amplía el alcance de la responsabilidad de los administradores incluyéndose la devolución del enriquecimiento injusto además del resarcimiento del daño causado.
Sociedades cotizadas:
– Cuando el cargo de presidente y consejero ejecutivo recaiga sobre la misma persona el nombramiento de presidente requerirá el voto de 2/3 de los miembros del consejo.
– Se evaluará anualmente al consejo y sus comisiones. Para ello se establecerá la comisión de nombramientos y retribuciones para llevar a cabo dicha evaluación y que, además, facilitará el nombramiento del sexo menos representado en el consejo.
– La duración del cargo de administración pasa de 6 a 4 años.
Todas las sociedades:
– El sistema de remuneración deberá estar orientado a promover la rentabilidad y sostenibilidad a largo plazo.
Sociedades cotizadas:
– La política de remuneraciones deberá de ser aprobada por la Junta incluyendo la remuneración total de los consejeros, el sistema de remuneración y la distribución individual dentro de este sistema de remuneración. Toda modificación en la política de remuneraciones deberá ser aprobado por la Junta.
El pasado mes de junio el Consejo de Ministros aprobó el Anteproyecto de Ley de Reforma Tributaria en el que se modifican los principales impuestos del sistema tributario español.
Los objetivos que el Gobierno pretende alcanzar con estas reformas son:
– Impulsar el crecimiento y creación de empleo.
– Rebajar los impuestos favoreciendo a las clases medias y bajas.
– Mayor equidad.
– Fomentar el ahorro.
– Mejorar la competitividad de las empresas.
– Luchar contra el fraude.
Las modificaciones más relevantes son las siguientes:
– El número de tramos se reducirá de 7 a 5 como muestra la siguiente tabla. Será más simple y se reducirán los tipos mínimo y máximo.
2014 | |
Tramo | Tipo |
0,00 – 17.707,20 euros |
24,75% |
17.707,20 – 33.007,20 euros | 30,00% |
33.007,20 – 53.407,20 euros | 40,00% |
53.407,20 – 120.000 euros | 47,00% |
120.000 – 175.000 euros | 49,00% |
175.000 – 300.000 euros | 51,00% |
Más de 300.000 euros | 52,00% |
Tramo | 2015 | 2016 |
0,00 – 12.450,00 euros | 0,00% | 0,00% |
12.450,00 – 20.200,00 euros | 25,00% | 24,00% |
20.200,00 – 35.200,00 euros | 31,00% | 30,00% |
35.200,00 – 60.000,00 euros | 39,00% | 37,00% |
Más de 60.000 euros | 47,00% | 45,00% |
– Se crearan nuevas deducciones para familias con hijos dependientes con discapacidad, familias con ascendentes dependientes y familias numerosas. Con estas nuevas deducciones se podrían generar bases imponibles negativas pudiendo percibir una prestación en lugar de tener que pagar impuesto.
– También se reducirá la tributación al ahorro como se muestra en la siguiente tabla.
2014 | |
Hasta 6.000,00 euros | 21,00% |
6.001,00 – 24.000,00 euros | 25,00% |
Más de 24.000,00 euros | 27,00% |
Tramo | 2015 | 2016 |
Hasta 6.000,00 euros | 20,00% | 19,00% |
6.001,00 – 50.000,00 euros | 22,00% | 21,00% |
Más de 50.000,00 euros | 24,00% | 23,00% |
Se mantendrá el 15,00% para entidades de nueva creación aplicándose en los 300.000 primeros euros de base imponible y un 20,00% para el importe restante.
EL CONSEJO DE MINISTROS APROBÓ EL ANTEPROYECTO DE LEY DE REFORMA TRIBUTARIA
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SE HA APROBADO EL ANTEPROYECTO DE LEY QUE SUSTITUIRÁ AL CÓDIGO DE COMERCIO VIGENTE
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