MEDIDAS PARA FAVORECER LA CONTRATACIÓN ESTABLE

REAL DECRETO-LEY 16/2013 DEL 20 DE DICIEMBRE DE 2013. MEDIDAS PARA FAVORECER LA CONTRATACIÓN ESTABLE Y MEJORAR LA EMPLEABILIDAD DE LOS TRABAJADORES.

 Se modifica el artículo 109 de la Ley General de la Seguridad Social que regula los conceptos que deben integrarse en la base de cotización, quedando de la siguiente manera:

Base de Cotización:

–          Incluye la remuneración total tanto en metálico o en especie que reciba el trabajador mensualmente.

–          Los conceptos que tengan un vencimiento superior al mensual se prorratearán anualmente.

–          Las vacaciones anuales devengadas y no disfrutadas retribuidas a la finalización de la relación laboral también formarán parte de la base de cotización.

Queda excluido de la base por lo tanto:

–          Gastos de locomoción para el trabajador que se tenga que desplazar a fuera de su centro de trabajo para realizar el mismo, así como los gastos normales de manutención y estancia cuando sea en un municipio distinto del lugar del trabajo.

–          Indemnizaciones por fallecimiento, traslados, suspensiones y despidos.

–          Prestaciones de la Seguridad Social, asignaciones destinadas a gastos de estudios exigidos por el desarrollo de su actividad.

–          Las horas extraordinarias.

Por tanto, la novedad más significativa de la modificación de esta ley es que habrá que incluir en nómina, y por tanto estar sujeto a cotización los importes de vales restaurante-comida, guardería, transporte, etc. Estos importes siguen estando exentos de IRPF.

Esta obligación se encuentra en vigor desde el pasado mes de diciembre.

Para ver la normativa completa, pinche el siguiente enlace:

http://www.boe.es/boe/dias/2013/12/21/pdfs/BOE-A-2013-13426.pdf

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