CON FECHA 21 DE JULIO SE PUBLICA LA NUEVA LEY DE AUDITORIA

El pasado 31 de julio se publicó la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas.

 En la misma, además de las modificaciones en auditoría, se modifica el Código de Comercio y la Ley de Sociedades de Capital, en algunos aspectos llamativos:

 –   El estado de cambios en el patrimonio neto, como ocurría con el estado de flujos de efectivo, no será obligatorio para las entidades que puedan formular balance abreviado.

  –   Los intangibles sin vida útil definida, y que hasta ahora no se amortizaban, se tendrán que amortizar en un máximo de 10 años, y esto es válido para el Fondo de Comercio.

 –   En consonancia con lo anterior, se suprime la obligación de dotar una reserva indisponible, equivalente al Fondo de Comercio, por el 5% del importe del mismo. Por ello, en ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2016, dicha reserva se reclasificará a reservas voluntarias y será disponible en el importe que supere el fondo de comercio contabilizado en activo.

 –   Se modifica el contenido obligatorio de la Memoria, normal y abreviada, de las Cuentas Anuales recogido en la Ley de Sociedades de Capital.

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